Artículo original publicado en: Contrainformacion.es
El próximo 29 de septiembre entra en vigor la Ley de Bienestar Animal en España, aprobada el pasado 28 de marzo. Esta legislación, basada en el reconocimiento de los animales como “seres sintientes cuyos derechos deben protegerse”, tiene como objetivo fundamental reducir el maltrato animal, prevenir el abandono de mascotas, fomentar la adopción y acogida y poner fin a sacrificios injustificados.
Uno de los aspectos más destacados de esta ley es la implementación de un curso obligatorio de formación para la tenencia de perros. Este curso, de validez indefinida y gratuito, busca garantizar que los dueños de perros estén debidamente informados sobre el cuidado y el bienestar de sus mascotas. Además, se establece la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para cubrir posibles daños a terceros causados por el animal.
La legislación también aborda el tema del abandono animal y prohíbe dejar a los animales solos durante más de tres días consecutivos en lugares como terrazas, trasteros, sótanos o vehículos. En el caso de los perros, el plazo máximo es de 24 horas consecutivas.
Otro punto relevante de la ley es la limitación en el número de perros y gatos permitidos por hogar, que no puede exceder de cinco animales. Si alguien desea tener más mascotas, debe obtener un permiso del ayuntamiento, respaldado por un informe veterinario que garantice el bienestar de los animales en el domicilio.
Para protectoras, residencias o albergues, existe la opción de solicitar una licencia de núcleo zoológico. En caso de no contar con los permisos requeridos, se imponen multas que oscilan entre 500 y 200.000 euros por tener más de seis mascotas.
La ley también establece restricciones sobre qué animales se pueden tener como mascotas. Se prohíben artrópodos, peces y anfibios cuyas picaduras o veneno representen un riesgo grave para la salud, reptiles venenosos y reptiles adultos que superen los 2 kg, así como primates y mamíferos silvestres que superen los 5 kg.
Los propietarios de estos animales tienen seis meses desde la entrada en vigor de la ley para informar a las autoridades correspondientes; de lo contrario, podrían enfrentar multas de hasta 200.000 euros.
La legislación también prohíbe la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, permitiendo su comercialización únicamente por criadores registrados. Los circos y espectáculos de feria que causen angustia, dolor o sufrimiento a los animales también quedan prohibidos, con una atención especial a los espectáculos taurinos y las peleas de gallos.
Además, la Ley de Bienestar Animal trae consigo una reforma del Código Penal que aumenta las penas por maltrato animal. Las penas de prisión pueden llegar hasta 24 meses en caso de muerte del animal o hasta 36 meses si concurre más de una agravante. Las multas varían desde 10.000 euros para infracciones leves hasta 200.000 euros para infracciones muy graves.